Este año tendrás que brindar tus identificaciones oficiales a las compañías telefónicas para no quedarte sin servicio en tu número celular.
A partir del 9 de enero de 2026, todas las líneas de telefonía móvil en México deberán quedar vinculadas a una persona física o moral, con identificación oficial y CURP, por disposición de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT). Esta nueva medida aplicará tanto a las líneas por contratar como a las que ya están en funcionamiento. Quien no cumpla, se queda sin servicio.
La CRT aprobó los Lineamientos para la identificación de líneas telefónicas móviles el 8 de diciembre de 2025, tras una consulta pública. El objetivo de esta medida es eliminar el anonimato de los números celulares para así evitar los delitos telefónicos.
¿Qué cambia y desde cuándo?
A partir de este viernes 9 de enero, toda nueva línea deberá ser registrada al momento de ser contratada para que funcione. Quienes ya cuenten con número telefónico tendrán hasta el 30 de junio para cumplir. Todas las líneas que no se encuentren registradas para el 1 de julio del presente año serán suspendidas.
La suspensión del número no cancela el contrato ni exime pagos; simplemente corta el servicio hasta que se complete el registro. Durante la suspensión solo se permitirán llamadas de emergencia y atención ciudadana (074, 079, 088, 089, 911) y números de soporte (*111 y *264).
¿Qué documentos son necesarios para este proceso?
Para personas físicas, se requerirá identificación oficial vigente y CURP. La CRT establece como válidos:
- Credencial para votar (INE)
- Pasaporte
- CURP biométrica (Documento Nacional de Identidad)
Para personas extranjeras, el trámite será con pasaporte vigente o CURP temporal, y para las personas morales deberán presentar RFC.
¿Dónde y cómo se hace el registro?
El trámite para registrar un número podrá realizarse de dos maneras:
- Presencial, en cualquier Centro de Atención a Clientes del país.
- En línea, con hasta tres intentos. Si falla, el usuario deberá comunicarse a soporte (*111 planes de renta / *264 prepago) o acudir a un centro. Esta modalidad solicitará una fotografía para validar la identidad.
¿Quién se queda con tus datos?
La CRT afirma que los datos quedarán bajo resguardo de las empresas telefónicas, como ya ocurre en pospago, y que deberán cumplir la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares.
Los Lineamientos entran en vigor el mismo día de su publicación en el DOF (Diario Oficial de la Federación).
Portal para verificar líneas a tu nombre
A partir del 7 de febrero de 2026, la autoridad habilitará un Portal de Consulta para que cualquier persona pueda verificar si existen líneas registradas con su CURP (personas físicas) o RFC (personas morales).
Si detectas una línea que no reconoces, podrás aclarar en un Centro de Atención presentando identificación. Si la denuncia procede, se desvincula.
¿La desvinculación cancela el contrato?
No. La desvinculación solo separa tu identidad de la línea. El contrato sigue vigente, pero el servicio se suspende hasta que la línea vuelva a registrarse con documentos válidos. Si el contrato se termina, la desvinculación ocurre de inmediato.
¿Aplica para todas las telefonías?
Sí. La obligación alcanza a todos los usuarios móviles de cualquier compañía telefónica, sin importar el servicio que contraten:
- Planes de renta
- Prepago
- Servicios de voz, SMS y llamadas por Internet



